December282011

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Lagos y la impunidad en Chile

Hace unos días el Pleno de la Corte Suprema tomó una aberrante decisión: en remplazo del juez Milton Juica, el próximo presidente del poder judicial será un juez de reconocida militancia pinochetista, Rubén Ballesteros. Según el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales (en La Nación), desde entre 2006 y 2011 el juez Ballesteros falló a favor de los acusados en causas de derechos humanos en 85 de los 90 casos que pasaron por sus manos, aplicando las figuras de prescripción de la acción penal, media prescripción y el decreto de amnistía de la dictadura, dictado en 1978. Pese a la ilegalidad de sus fallos y el evidente prevaricato, nunca fue impugnado y ni la presidenta Bachelet ni el presidente Piñera hicieron nada para excluirlo del poder judicial.

Pese a que Chile ha firmado todos los tratados internacionales pertinentes en materia de derechos humanos que prohíben la aplicación de la prescripción penal y amnistía en casos de derechos humanos, el juez Ballesteros continuó aplicando sin protesta alguna figuras patentemente ilegales amparado probablemente en el hecho de que la clase política chilena ha dejado de lado la reforma de las leyes pertinentes para incluir las leyes que emanan de los compromisos internacionales firmados por Chile. Sucesivos gobiernos chilenos borran así con el codo lo que firman con la mano.
Sin embargo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1961 convierte en innecesario, aunque no inútil, este paso. El tratado establece que en casos de derechos humanos los países firmantes están obligados a aplicar el derecho internacional pese a la ausencia o retraso en la adaptación de sus legislaciones nacionales. En casos de crímenes contra la humanidad, el tratado debe ser aplicado incluso retrospectivamente si a la fecha de cometidos esos delitos de lesa humanidad, estos eran considerados igualmente graves en el derecho internacional.

En su artículo 15, el Pacto establece que “nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional”. Vale decir, Chile, con la firma del tratado de 1961, está obligado a respetar el compromiso de no aplicar prescripción ni amnistía en casos de crímenes contra la humanidad, haya o no adaptado sus leyes en conformidad con el pacto y otros tratados.
Pese a esto, sucesivos gobiernos chilenos no sólo no han respetado estos tratados, sino además los han infringido sistemáticamente permitiendo que jueces prevaricadores como Ballesteros apliquen criterios ilegales, perimidos e ilegítimos en sus fallos para proteger a acusados pinochetistas.
Esta es una situación intolerable.

Indigna todavía más saber que este juez paria fue propuesto al poder judicial por el ex presidente Ricardo Lagos en agosto de 2005, haciendo caso omiso de las protestas de la ciudadanía y de las organizaciones de derechos humanos y pese a saber que Ballesteros había sido uno de los colaboradores civiles de la dictadura –por tanto, cómplice de los crímenes de la dictadura pinochetista- como miembro de al menos cinco consejos de guerra militares realizados contra perseguidos políticos.
“Ballesteros participó en los consejos de guerra de Osorno”, escribe Ascanio Cavallo en La Tercera. “No fueron los peores, ese título no se lo disputa nadie a los de la FACh, pero tampoco son un modelo de temperancia. La Comisión Valech estableció, sin espacio de duda, que todos los consejos de guerra actuaron al margen de las normas de debido proceso, lejos de las leyes penales, fuera de los mismos códigos de justicia militar y en contra de las normas de trato a los prisioneros de guerra de la Convención de Viena. Y todo eso sin guerra”.
Según Cavallo el informe Valech menciona dos fallos de los consejos de guerra  de Osorno como “ejemplos de iniquidad jurídica”. En uno de esos consejos se condenó a un militante del MIR porque esa militancia “indica un concierto para alcanzar fines ilícitos” aunque no se hubiese cometido delito alguno. En el otro caso  se condenó a dos militantes socialistas por “espionaje de secretos militares […] para su entrega al enemigo sin especificar cuál sería el impacto de tales secretos sobre las operaciones” ni identificar al enemigo.
Cavallo menciona otro ejemplo de iniquidad jurídica encontrado en los archivos de la Vicaría de la Solidaridad. El acusado Alfonso Heriberto Oliveros Angulo fue condenado a quince años de cárcel por “traición a la patria por conspiración, en grado frustrado (?)”. Otros dos acusados, Orlando González Barrientos y Alejandro Omar Iturra Pérez, chilenos ambos, fueron condenados fantasmagóricamente a veinte años de cárcel por “ingreso clandestino en fecha indeterminada”. Estos consejos ilegales y fallos aberrantes y absurdos fueron dictados tanto por la estupidez como el odio de militantes de extrema derecha como el juez Rubén Ballesteros.

Pero no es todo. Durante su paso por la Corte de Apelaciones de Santiago entre 2001 y 2006, el juez Ballesteros falló sistemáticamente a favor del ex dictador y de otros criminales del régimen de facto en causas como la Caravana de la Muerte, el asesinato del general Prats y su esposa en Buenos Aires, la masacre de Calle Conferencia, los homicidios y atentados terroristas de Operación Cóndor y el caso del Banco Riggs.

Lo más terrible y enervante es que cuando el ex presidente Lagos nombró a Ballesteros, estaba completamente al tanto no sólo de su mediocridad sino especialmente de su complicidad con los crímenes de la dictadura. Fue nombrado por Lagos, pues, pese a ello, o debido precisamente a su pasado. Se sospecha efectivamente que Lagos procedió al nombramiento de Ballesteros como parte de un pacto secreto con el militante y entonces senador de extrema derecha Pablo Longueira justamente para asegurar la impunidad de los acusados en casos de derechos humanos –una decisión inadmisible de todo punto de vista y que ha causado un daño incalculable a las víctimas y familiares de las víctimas y a la causa de los derechos humanos y el retorno de la democracia en Chile.
Sin embargo, esta aberrante decisión del ex presidente Lagos pudo ser, y puede ser todavía anulada. La Constitución Política de Chile
 establece en su artículo 76 que “los jueces son personalmente responsables por los delitos de cohecho, falta de observancia en materia sustancial de las leyes que reglan el procedimiento, denegación y torcida administración de justicia y, en general, de toda prevaricación en que incurran en el desempeño de sus funciones”. En cualquiera de estos casos, por prevaricación (la aplicación a sabiendas de criterios torcidos o ilegales en la administración de justicia) y denegación de justicia, que es el caso del juez Ballesteros, la Corte Suprema “por requerimiento del Presidente de la República, a solicitud de parte interesada, o de oficio, podrá declarar que los jueces no han tenido buen comportamiento y, previo informe del inculpado y de la Corte de Apelaciones respectiva, en su caso, acordar su remoción por la mayoría del total de sus componentes”. Ni la ex presidente Bachelet ni el presidente Piñera han aludido a este caso.
El juez Ballesteros, pese a su complicidad en crímenes de la dictadura, y por ende con los acusados, no se declaró tampoco nunca incompetente o inhabilitado, lo que constituye otro argumento más en su contra por la evidente intención de prevaricar. Ni ha sido nunca llevado a juicio por su actuación durante la dictadura militar y durante el golpe de estado mismo.

Una vez iniciado el proceso de destitución del juez Ballesteros, deberían igualmente declararse nulos los fallos de la Segunda Sala Penal a favor de los acusados pinochetistas si su voto, junto con el del juez Nibaldo Segura, hubiese sido determinante en la aplicación viciada y torcida de la prescripción penal y la amnistía. La corte debería simplemente fallar de nuevo, basándose esta vez en el derecho internacional que Chile dice que respeta y acata, pero que en realidad simplemente se pasa por el sobaco. El juez Segura fue también nombrado en la Corte Suprema por el ex presidente Lagos.

La elección de Ballesteros a la presidencia de la Corte Suprema no hubiese ocurrido si el ex presidente Lagos no lo hubiese propuesto para la corte y, en lugar de eso, hubiese procedido a su procesamiento por su complicidad con la dictadura cuando fue miembro de los aberrantes consejos de guerra de la dictadura. Por eso irrita cuando habla sobre Chile y los desafíos que todavía debemos recuperar la democracia y una justicia que se base en un estado de derecho democrático. Si aún no tenemos democracia, si aún vivimos en una dictadura encubierta, si los criminales pinochetistas siguen libres en las calles con el consecuente peligro para la seguridad nacional, es también en parte gracias a la colaboración de Lagos con esos criminales. Lagos es un factor de impunidad.

Más allá de estos casos aberrantes, el nombramiento de Ballesteros y la permanencia de Segura y otros jueces prevaricadores en el poder judicial deja una vez más de manifiesto la urgente necesidad de efectuar una purga profunda y definitiva de los elementos criminales enquistados en el poder judicial y la necesidad no menos urgente de llevar a juicio a los civiles que colaboraron con la dictadura.

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December292010

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¿Qué más no nos interesa?

Sabíamos que el presidente tenía un pasado turbio. Asombra la agudeza del análisis diplomático, y su ordinaria conclusión: A los chilenos no les interesa. ¿No indica este desinterés un terrible deterioro moral? ¿Que no nos interesa la probidad de los funcionarios públicos? ¿Es cinismo, o aceptación cruda de la realidad? Porque lo que muchos vemos como decadencia moral, otros muchos lo ven como el mundo tal como es. En mi país un señor poderoso no va a prisión, haga lo que haga. Su éxito empresarial borra las malas artes utilizadas para lograrlo. Es un valor nuevo, una suerte de misticismo materialista que cree en el poder purificador del éxito, la victoria militar y el dinero. Tampoco nos interesa que los funcionarios de la dictadura todavía no estén inhabilitados y puedan incluso postular a cargos políticos públicos. Nos deja indiferentes que Lagos nombre a jueces pinochetistas en la CS.  ¿Qué más no nos interesa? ¿Nos interesa algo?

Comentario sobre una nota en La Nación.

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November192010

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Otra canallada del juez Zepeda

http://www.lanacion.cl/dictan-condena-por-ejecuciones-en-central-el-toro-y-el-abanico/noticias/2010-11-18/231506.html

Esta es una pena ridícula, una evidente denegación de justicia y una interpretación torcida de preceptos legales. El juez Zepeda recurre al derecho humanitario internacional para minimizar los crímenes de los agentes pinochetistas encausados, utilizando la debida obediencia. Sin embargo, esta figura no se puede aplicar en el caso chileno, porque la Corte Suprema ha resuelto que en la época en que se asesinó a esos 23 chilenos (todos trabajadores de Endesa) en el país se encontraba suspendido el estado de derecho y era dirigido por los miembros de una asociación ilícita, de la que eran miembros Pinochet y Contreras. Tampoco ha juzgado a los dueños del fundo que cedieron su propiedad para la comisión de esos crímenes o para enterrar los cadáveres. Este es un fallo aberrante, donde el juez forma parte del grupo de criminales. Deja en manos de la ciudadanía la necesidad de hacer justicia.

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October292010

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Infiltración pinochetista en Corte Suprema

http://www.lanacion.cl/condenan-a-ex-jerarcas-por-homicidio-de-agente/noticias/2010-10-28/210630.html

¿Quién debe resolver cómo se han de interpretar los tratados internacionales? Todos entendemos que el estado chileno ratificó los convenios internacionales que prohíben dictar la prescripción penal en crímenes contra los derechos humanos. A partir de ese momento, se subentiende que Chile debe aplicar las normas internacionales. Estos dos jueces pinochetistas se niegan a ello y siguen resolviendo sobre la base de criterios perimidos, que convienen a sus protegidos. El presidente podría purgar el poder judicial de estos jueces prevaricadores, si tuviese voluntad y coraje. En la CS son el principal obstáculo para la justicia. Es impresentable que Chile todavía no retire de este poder del estado a los pinochetistas infiltrados. Es como si Alemania hubiese permitido que los nazis se perpetuasen de manera encubierta en el poder y juzgasen ellos a sus compañeros de las SS. Segura y Ballesteros deben ser juzgados por prevaricación y expulsados del poder judicial.

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August172010

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Entre terroristas

http://www.lanacion.cl/noticias/site/artic/20100816/pags/20100816221059.html

La carencia de una legislación propia, específica, que penalice los lazos de políticos con organizaciones terroristas, es una de las falencias de nuestro país después de la dictadura. Ninguna ley penaliza ni excluye del servicio público a funcionarios de los servicios de seguridad y responsabilidad política de la dictadura; nadie impide que se presenten a elecciones y sean designados por partidos para participar en la vida política. La CS ha declarado organización terrorista a la DINA y CNI; pero muchos de sus miembros siguen trabajando para la administración. Hay uno que es senador, y fue subsecretario de la represión durante la dictadura y por tanto implicado en incontables crímenes de lesa humanidad. Un agente es alcalde, y así muchos otros. Urge pues una ley para excluirlos perpetuamente del servicio público. Muy razonablemente, el DAS es igualmente una organización terrorista con la que el estado chileno no debe tener ninguna relación.

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August22010

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Estrategia para garantizar la impunidad

http://www.lanacion.cl/garzon-marginan-a-victimas-de-crimenes-de-lesa-humanidad/noticias/2010-08-02/075103.html

Muchos gobiernos adoptan una actitud doble sobre los derechos humanos. Aquí en Chile, por ejemplo, pese a que Chile ha ratificado todos los tratados internacionales pertinentes en asuntos de derechos humanos, que prohíben la amnistía y la prescripción, algunos jueces sigan aplicando criterios perimidos y devenidos ilegales tras la ratificación. Pero el descaro de estos jueces no es ni impedido ni castigado ni por el gobierno ni por los órganos superiores de Justicia que debiesen actuar, y no lo hacen. Nuestra Constitución castiga el delito de prevaricación o administración torcida de la justicia, que es el delito que cometen estos jueces testarudos (como Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros) y pueden ser destituidos por la CS si el procedimiento lo inicia el presidente de la república. Bachelet no lo hizo. Y es de temer que este gobierno recurrirá al mismo procedimiento de borrar con el codo lo que se firma con la mano para perpetuar la impunidad.

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January192010

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¿Y qué sobre Marco, Arrate, Navarro?

http://www.lanacion.cl/noticias/site/artic/20100118/pags/20100118223749.html

Hm. La izquierda tiene muchos reproches que hacer a la Concertación, y en particular al PS que acudió al rescate de Pinochet en Londres, vale decir a esa izquierda que aceptó la Constitución autoritaria y el sistema binominal fundamentalmente a cambio de las prebendas de una clase política autocrática e inmovilista. La Concertación ha mostrado su cara autoritaria y rígida en temas como la libertad de prensa (caso Clarín, La Época), dddhh (criterios aberrantes del CDE en materias de reparaciones, autonomía de las fuerzas de orden -que sigan utilizando armas de guerra para disolver manifestaciones por vía del asesinato-, represión contra mapuches) e institucionales (autonomía de justicia militar, jueces pinochetistas en la CS). Una nueva izquierda debe desprenderse de los jerarcas acomodaticios y liberalizarse -en el buen sentido de la palabra (democracia, libertades personales, ddhh). Y, ciertamente, ni Navarro, ni Arrate, ni Marco Enríquez-Ominami pueden ser excluidos.

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January62010

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Tratados prohíben prescripción

http://www.latercera.com/contenido/674_214952_9.shtml

El presidente de la CS, Milton Juica, reprendió a Piñera por sus dichos en una reunión de militares en retiro en noviembre, de que en su gobierno se favorecería la aplicación de la prescripción en juicios por derechos humanos. Piñera reaccionó con una frase absurda: “la prescripción se aplicará de acuerdo a la legislación y a los tratados internacionales” (La Tercera 12-11-09). Pero estos últimos prohíben la prescripción. Por eso, la promesa es hueca, y las intenciones, nefastas.

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September152009

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Segura y Ballesteros, dos jueces torcidos

http://www.lanacion.cl/suprema-dicta-condena-por-caso-de-ddhh/noticias/2009-09-15/113231.html

Es irritante la actuación de los ministros Segura y Ballesteros. Esta vez no han logrado sus propósitos, pero no es seguro que la composición de esta sala vuelva a dejarlos en minoría. Pero lo que es aberrante es que persistan en aplicar prescripción o amnistía después de que Chile ratificara los tratados pertinentes que justamente buscan impedir que jueces torcidos como estos hagan lo que están haciendo.
La Constitución chilena ofrece una salida, que es expulsar del poder judicial a estos jueces. El art. 76 establece que “los jueces son personalmente responsables por los delitos de cohecho (…), denegación y torcida administración de justicia y, en general, de toda prevaricación en que incurran en el desempeño de sus funciones”. Para removerlos, la CS podrá proceder a su remoción después de ser requerido por el presidente de la república. A veces la política de eludir el conflicto deja a los ciudadanos en la más completa indefensión. La decisión está en manos de la presidenta.

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August142009

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Eso se llama torcida administración de justicia

http://lanacion2007.altavoz.net/prontus_noticias_v2/site/artic/20090813/pags/20090813224850.html

Como en el caso Retiro de Televisores, en este los jueces nuevamente dejan en claro de qué lado están a la hora de juzgar a estos criminales. Los art. 76 y 77 de la Constitución permiten que la presidenta pida a la CS la destitución de los jueces culpables de “denegación y torcida administración de justicia”. El presidente Lagos, con su nombramiento de Segura y Ballesteros, ha causado un irreparable daño moral a la causa de la justicia en Chile. Pero se puede buscar justicia en cortes extranjeras.

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Jueces se burlan de ciudadanía

http://lanacion2007.altavoz.net/prontus_noticias_v2/site/artic/20090813/pags/20090813221505.html

Fallos como estos indignan. La Corte Suprema parece obligada a reconocer el imperio del derecho internacional (imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad, como este caso), pero entonces dicta sentencias irrisorias y deja libres a criminales de la peor calaña en la historia del país. Con este fallo la CS simplemente se burla de los ciudadanos y del derecho internacional reconocido por el estado. Hay que llevar a justicia a estos jueces torcidos. La presidenta se lavará las manos, claro.

Tags: /Chile /Corte Suprema de Chile /derecho internacional /imprescriptibilidad /delitos de lesa humanidad

July112009

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Temores justificados

http://www.latercera.com/contenido/654_154269_9.shtml

En realidad, muchos de los agentes de la dictadura deberían haber sido condenados a la pena más severa. Dejando de lado que se eliminó del Código Penal la pena de muerte sin consultar a la ciudadanía, y que esos criminales cuentan con la protección de elementos de extrema derecha infiltrados en la Corte Suprema (como los ministros Segura y Ballesteros), el temor de los familiares de detenidos desaparecidos se justifica porque la Concertación ha mostrado una conducta errática y doble con respecto a esos criminales.

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